Galicia, con el 5,5% de la población española y el 5,85% del territorio, tiene unos dieciocho mil núcleos de población, es decir, la mitad de los existentes en España. Es lo que se conoce como hábitat disperso, un modo de asentamiento que condicionó nuestra economía, nuestro modo de relacionarnos colaborativo y nuestro carácter individualista y receloso durante siglos. Nada que ver con el hábitat del resto de nuestro país, particularmente el de la meseta central y el sur.

Esa fragmentación, que en algunos aspectos productivos era un inconveniente, fue en el fondo la base de la supervivencia del pueblo gallego y también de su excepcional vinculación a una tierra -escasa pero suficiente-que se valoraba, cuidaba y mimaba como base que era de la riqueza y, sobre todo, de la vida.

Y de ese mundo venimos todos.

La planificación urbana existió desde siempre, aunque durante miles de años estuvo vinculada a los ámbitos militar y religioso y, ya en la Edad Media, a los gremios.

Pero es a partir de la II Guerra Mundial y la destrucción generada como consecuencia de la misma cuando se universaliza el planeamiento urbano como hoy lo conocemos.

En un principio toda la legislación europea es muy respetuosa con el derecho de propiedad.

Asi la Land Community Act de 1975 prohibió en el Reino Unido actuar urbanísticamente a la administración pública sobre una propiedad privada sin previamente haberla adquirido. La ley francesa de 1 de diciembre de 1975 estableció a su vez que el derecho a edificar estaba ligado a la propiedad hasta un mínimo de 1m3/m2 al que denominó “plafond legal de densité” siendo el resto del volumen autorizado por la colectividad. Por último, para la ley italiana de 28 de enero de 1977 el derecho a edificar se vinculaba únicamente al pago de los gastos de urbanización necesarios.

Por su parte la Constitución Española en su artículo 33 estableció en 1978:

“Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública e interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes”

En Galicia el uso urbanístico del suelo rural se mantuvo, de forma similar y con pequeñas intervenciones limitativas, como había venido siendo siempre estableciéndose para edificar la parcela mínima o “unidad mínima de cultivo” que en principio fue de 1500 y luego de 2000 metros cuadrados.

Bajo la influencia de los grupos “verdes” y de izquierda radical, especialmente los alemanes, y ya desde el 1 de enero de 1986   fecha de entrada de España en la Unión Europea, comenzaron a imponerse Bruselas limitaciones no indemnizadas al suelo rustico con la declaración de parques naturales, reservas de la biosfera y toda una serie de figuras que no hicieron otra cosa que gravar los usos centenarios y proteger plantas y animales que desde allí se consideraban” en peligro”.

Pero fue la Ley 9/2002 del Suelo de Galicia, publicada el 30 de diciembre de ese año, la que marcó el inicio de la despoblación y el empobrecimiento del campo de Galicia con prohibición absoluta del asentamiento libre de las edificaciones y las limitaciones severísimas para la actuación sobre las viviendas existentes.

Puede asegurarse que desde ese momento el patrimonio real del campesino gallego se redujo en un 80%. El campo dejó de tener el valor urbanístico que mantenido durante siglos y los hijos de los campesinos comenzaron a desplazarse, masivamente y de forma obligada, a los núcleos urbanos. Ya no había excedentes ni agrícolas ni ganaderos y las ferias comenzaron a ser colonizadas por gitanos y marroquíes.

Al tiempo, y como consecuencia, el bosque humanizado gallego inició desde ese momento su conversión en selva fomentando la propia administración la introducción de animales salvajes de todo tipo-y que nunca habían sido vistos aquí-que iban a gozar de total protección. En la nueva Galicia que el Partido Popular nos traía resultó desde entonces más fácil abortar o cambiar de sexo que cortar el árbol que plantaron los abuelos y cuidaron los padres.

Para controlar a ese mundo rural al que se iba a castigar se creó expresamente un cuerpo de élite administrativa con función represora que fue la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística organismo que, curiosamente, promovió, desde su fundación en el 2008, 1803 demoliciones la práctica totalidad en suelo rustico.

El partido Popular quería contentar a los ecologistas y ser también moderno y “verde” a cuenta de un mundo rural que era consciente le votaba pero que, como es bien sabido, nunca se defendería.

Ese mundo rural se había convertido, de hecho, en una reserva indígena para gallegos.

La situación pues de empobrecimiento y despoblación generalizados tiene que cambiarse radicalmente y sin complejo alguno en base a las siguientes cinco líneas de actuación política:

1º. Recuperación del hábitat disperso característico del asentamiento poblacional gallego mediante la derogación de la Ley 9/2002 del Suelo de Galicia y la promulgación de una nueva normativa que establezca las condiciones de superficies de cultivo y forestales necesarias para, acompañando a la vivienda, la vuelta a esa forma tradicional de implantación sobre el territorio.

2º. Derogación y rechazo legal por su inconstitucionalidad de toda normativa urbanística o medioambiental que establezca limitaciones de uso y cultivo en el territorio gallego cuyas consecuencias económicas derivadas de dichas limitaciones no hayan sido previamente indemnizadas a los propietarios del suelo afectado.

3º. Apoyo económico, mediante líneas de subvención y crédito, al establecimiento y explotación en el hábitat disperso tanto en viviendas como en explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales con el acompañamiento de todo tipo de energías limpias y relacionadas con la producción agrícola y forestal como calefacciones por leña y producción eléctrica para el autoconsumo mediante las plantas eléctricas -ya existentes y hoy abandonadas-en cauces y también las pequeñas instalaciones eólicas.

4º. Apoyo económico mediante líneas de subvención y crédito al establecimiento de talleres de artesanía, huertos y explotaciones avícolas, apícolas, porcinas y ovinas familiares para el autoconsumo y venta de excedentes en las ferias tradicionales, que de este modo se recuperarían, con establecimiento de controles sanitarios, marcas zonales y condiciones de calidad.   

5º. Eliminación de la presencia y del régimen de tránsito libre de animales salvajes por el campo gallego con autorización del mismo únicamente en zonas cuyos propietarios así lo acuerden y en las condiciones y con las responsabilidades que reglamentariamente se establezcan. 

Adoptar estas medidas haría que Galicia volviese a ser de nuevo el pueblo que fue y no la reserva indígena en la que lo han convertido.