Con fecha 23 de diciembre del 2024 la representación de los vecinos afectados por la implantación del crematorio de cadáveres humanos instalado por la empresa San Roquiño en la Calle Hermanos Tojeiro de As Pontes, ante las dudas transmitidas desde el propio Ayuntamiento al respecto, ha presentado en el Registro Municipal una solicitud para que le sea facilitada la Licencia de Actividad de la citada instalación al existir indicios de que el citado crematorio esté funcionando sin disponer de la correspondiente autorización municipal.
Hay que hacer mención al respecto de que los crematorios de cadáveres humanos se encuentran incluidos en el Anexo 4 de la Ley 34/2007 de 15 de diciembre de calidad del aire y protección de la atmosfera siendo dicha actividad reconocida como molesta por el Tribunal Supremo en numerosas sentencias (STS de 22-IX-2011) así como las propias NSM del Ayuntamiento de As Pontes prohíben este tipo de actividades en el suelo urbano.
Se da también la circunstancia de que el informe de la Secretaria sobre la licencia de obra concedida al crematorio de cadáveres ya establece la necesidad de pedir la licencia de actividad en su Condicionante I) y también en el Condicionante J) la obligación de haber expuesto el uso al que se iba a destinar la obra en el cartel indicador condición que nunca se cumplió.
En los próximos días los vecinos afectados, con independencia del resultado de la solicitud realizada sobre la Licencia de Actividad, formalizaran-en reunión que se convocará al efecto- la solicitud formal de Declaración de Lesividad que se presentará en el Ayuntamiento de As Pontes para que el pleno municipal se pronuncie al respecto.
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