La Federación de Industria de CCOO informó recientemente que presentará reclamación por la eliminación de la tarifa eléctrica y beneficios sociales de los pasivos de Endesa ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), una decisión tomada tras la sentencia de julio del Tribunal Supremo que desestimó el recurso que estaba pendiente sobre este tema. Recordamos que Enel eliminó esos derechos y repartió el dinero que había provisionado a tal fin entre los accionistas.

El TEDH es el garante del cumplimiento por los Estados de la Unión Europea de las obligaciones derivadas del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, de 1950. Creado en 1959, actúa a instancia de los Estados y por demandas que pueden presentar los particulares, ya sean ciudadanos o personas bajo la jurisdicción de un Estado parte. El Tribunal tiene sede en Estrasburgo. Más información picando aquí.

Derecho patrimonial

En su comunicación, la Federación de Industria de CCOO recuerda que “el 25 de Julio del 2021 se
publicó la resolución desestimatoria del recurso interpuesto por CCOO en el Tribunal Supremo (TS), sobre la reclamación para el mantenimiento del beneficio de la tarifa eléctrica para el personal pasivo de Endesa. La línea argumental del TS, similar a la defendida por la Audiencia Nacional, consiste en la interpretación de que la única fuente jurídica de Derecho es el IV Convenio Colectivo, obviando el Acuerdo de Garantías, por lo que, una vez que este decae, decaen los derechos para el personal pasivos al no tener relación contractual. Para los trabajadores en activo, Ugt ya se encargó en el V Convenio de recortarlos e intentar eliminarlos, pendiente de juicio”.

La comunicación expone a continuación las actuaciones que se han decidido tomar. Por un lado, se interpondrá Reclamación Colectiva ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por vulneración del Derecho patrimonial. La reclamación se sustenta en el artículo 1 del Protocolo Primero, del Convenio Europeo de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, que establece la Protección a la propiedad, por la que la supresión unilateral por parte de un tercero a ese derecho patrimonial del personal jubilado atenta directamente contra el mismo.

El citado convenio europeo establece la protección el derecho a disfrutar de las posesiones o patrimonio subjetivo, entendiendo dicho tribunal que los beneficios sociales de carácter permanente son parte patrimonial del sujeto. Dicho tribunal establece que un derecho patrimonial consolidado solo se puede suprimir o minorizar por interés público, pero no por un interés privado, como es este caso. Por si fuera poco, la dirección de Endesa se vanaglorió en
medios de comunicación de unos beneficios extraordinarios, producto de esa usurpación. Por otro lado, los servicios jurídicos de CCOO analizan vías complementarias como la interposición de demandas individuales por
pérdida patrimonial. 19 de octubre, fecha del juicio por los activos.

La Federación de Industria de CCOO finaliza su nota recordando que el próximo día 19 de octubre se celebra en la Audiencia Nacional el juicio por la demanda de conflicto colectivo del V Convenio de Endesa “por la sustracción de todos los beneficios sociales para los activos. Desde CCOO continuaremos luchando e informando de todas las actuaciones que vamos a ir realizando, para continuar defendiendo nuestros derechos en todos los ámbitos. Porque estamos convencidos de que la avaricia de la empresa que lleva a la eliminación de nuestros derechos aprovechando la reforma laboral del 2012, muy posterior al momento del reconocimiento de nuestros beneficios sociales, ni es de recibo ni de justicia.

 

Boletín CCOO. Sección sindical de Endesa